Estimados Clientes;
Es necesario recordarles que, a partir del 01 de Julio del presente año, entra en vigor lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 123-2022/SUNAT respecto a las GUIAS DE REMISIÓN REMITENTE Y TRANSPORTISTAS ELECTRÓNICAS.
Así mismo, la guía de remisión emitida en contingencia debe cumplir con los requisitos siguientes:
a) La leyenda “Guía de remisión remitente emitida en contingencia” o “Guía de remisión transportista emitida en contingencia”, según corresponda, en forma horizontal y en la parte superior.
b) La frase “Emisor electrónico obligado” en la parte superior y dentro del recuadro a que se refiere el inciso c) del numeral 1 del artículo 9 del Reglamento de Comprobantes de Pago.
Anexo: X
Designación de emisores electrónicos de guías de remisión.