PRORROGAN LA APLICACIÓN DE LA FACULTAD DISCRECIONAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE SANCIONES DISPUESTA EN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS No 000052-2022-SUNAT/700000
Mediante la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS No 000042-2023-SUNAT/700000, se prorroga la facultad discrecional de no sancionar administrativamente hasta el 30 de junio de 2024, para los contribuyentes, que deban emitir la Guía de Remisión Electrónica (GRE) Remitente y Transportista, no sean sancionados por su falta de uso.
¿Qué infracciones no serán sancionadas hasta junio de 2024?
Aquellas contenidas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, esto es, transportar o remitir bienes y/o pasajeros con documentos que no cumplan con las características para ser considerados como comprobantes de pago o guías de remisión y que hayan sido detectadas entre el 01 de enero de 2023 hasta el 30 de junio de 2024.
No se aplicarán sanciones de comiso de bienes ni de internamiento temporal de vehículos cuando se detecte el incumplimiento de dichas obligaciones, emitiendo solo actas preventivas, siempre y cuando, se cuente con una guía de remisión en formato impreso o importado durante el traslado de los bienes, según lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes de Pago.