SE AMPLÍA FACULTAD DISCRECIONAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE SANCIONES – EMISIÓN DE GUÍAS DE REMISIÓN HASTA EL 31 DE DICIEMBRE 2024

PRORROGAN LA APLICACIÓN DE LA FACULTAD DISCRECIONAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE
SANCIONES DISPUESTA EN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE
TRIBUTOS INTERNOS No 000052-2022-SUNAT/700000

Mediante la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS
INTERNOS No 000025-2024-SUNAT/700000
, se prorroga la facultad discrecional de no
sancionar administrativamente hasta el 31 de diciembre del 2024, para los contribuyentes,
que deban emitir la Guía de Remisión Electrónica (GRE) Remitente y Transportista, no sean
sancionados por su falta de uso.


¿Qué infracciones no serán sancionadas hasta junio de 2024?
Aquellas contenidas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, esto es, transportar o remitir bienes y/o pasajeros con documentos que no
cumplan con las características para ser considerados como comprobantes de pago o guías de
remisión y que hayan sido detectadas entre el 01 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre
del 2024.

No se aplicarán sanciones de comiso de bienes ni de internamiento temporal de vehículos
cuando se detecte el incumplimiento de dichas obligaciones, emitiendo solo actas
preventivas, siempre y cuando, se cuente con una guía de remisión en formato impreso o
importado durante el traslado de los bienes,
según lo dispuesto en el Reglamento de
Comprobantes de Pago.

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