Aprueban disposiciones reglamentarias para la aplicación del beneficio tributario que otorga la Ley del Joven Empresario

Según el Decreto Supremo Nº 054-2024-EF.- Aprueban disposiciones reglamentarias para la aplicación del beneficio tributario que otorga la Ley Nº 31828, Ley del Joven Empresario.

El miércoles 12 de julio de 2023, se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley Nº 31828, Ley del Joven Empresario.Desde el 1 de enero del 2024, entró en vigor la Ley de Joven Empresario, norma que ofrece un beneficio

 a las empresas para la inclusión laboral de los jóvenes.

La ley se aplica a todas las empresas que se encuentren debidamente inscritas ante la SUNARP; y dispone que las empresas sujetas al Régimen General del impuesto a la renta o al Régimen MYPE Tributario que contraten uno o más trabajadores nuevos, para efectos de la determinación del impuesto a la renta de los ejercicios 2024 y 2025, pueden aplicar una deducción adicional equivalente al 50% de la remuneración básica que pague al nuevo trabajador, independientemente de su jornada de trabajo y su modalidad contractual, siempre que cumpla con los requisitos enumerados:

  • b.1 El trabajador tiene, al momento de su contratación (fecha de inicio de labores), una edad igual o mayor a 18 años y no mayor a 29 años. 
  • b.2 El trabajador no debe estar registrado en la planilla electrónica de una o más empresas en un periodo de doce meses previos a la fecha de inicio de labores. 
  • b.3 La remuneración básica mensual del nuevo trabajador no supera los S/ 1 700 (mil setecientos soles). Tratándose de trabajadores cuya remuneración sea variable o imprecisa, se considera cumplido el requisito si el promedio mensual de las remuneraciones percibidas durante los meses de enero a diciembre de los ejercicios 2024 y 2025 no superan los S/ 1 700 (mil setecientos soles). 
  • b.4 El empleador incorpora al nuevo trabajador en el T-Registro de la planilla electrónica dentro de los plazos previstos en la legislación vigente. 
  • b.5 El número de trabajadores registrados en la planilla electrónica del empleador es mayor al empleo en el periodo base, de acuerdo con lo establecido en el reglamento. 
  • b.6 La relación laboral se inicia a partir del 1 de enero de 2024.   
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